CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION
Texto
Debe rechazarse la medida cautelar innovativa intentada por un grupo de abogados a fin de que se ordene al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, posibilitar la participación de los actores en el llamado a concurso instrumentado en el Acuerdo Nº 22 Serie "A" a los fines de cubrir los cargos de meritorios definitivos, interinos, suplentes o contratados en el área jurisdiccional, toda vez que la exclusión que realiza el acuerdo respecto de quienes hayan finalizado o egresado de la carrera de abogacía no luce arbitraria ni ilegal, y se encuentra vigente desde hace más de doce años, de modo que no se advierte que frente al impedimento a concursar para ingresar al Poder Judicial impuesto a los amparistas, se consagre al propio tiempo un derecho a otros abogados a participar en dicho concurso, lesionando de tal modo el derecho a la igualdad.
Fuente : SAIJ
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL. CORDOBA, CORDOBA. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(LEONARDO CASIMIRO GONZÁLEZ ZAMAR)
ROSALES URTIAGA, Geraldine - SANTIAGO, María Eugenia - ACOSTA, Magdalena y otro c/ PODER JUDICIAL - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA s/ AMPARO
SENTENCIA del 17 de Abril de 2013
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL. CORDOBA, CORDOBA. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(LEONARDO CASIMIRO GONZÁLEZ ZAMAR)
ROSALES URTIAGA, Geraldine - SANTIAGO, María Eugenia - ACOSTA, Magdalena y otro c/ PODER JUDICIAL - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA s/ AMPARO
SENTENCIA del 17 de Abril de 2013