REFORMA JUDICIAL-CONSEJO DE LA MAGISTRATURA-ELECCIONES-INCONSTITUCIONALIDAD
Texto
Los artículos 2º, 4º, 18 y 30 de la ley 26.855 no se adecuan al estándar constitucional, toda vez que el equilibrio que ordena procurar el artículo 114 de la Carta Magna queda derechamente suprimido cuando, en un cuerpo integrado por diecinueve (19) miembros, doce (12) de ellos -representantes de jueces, abogados y académicos-, son electos directamente por el pueblo, otros seis (6) son legisladores nacionales que también han sido elegidos en forma directa mediante sufragio popular y el restante es nombrado por el Poder Ejecutivo, cuyo titular tiene el mismo origen. (Voto de los Doctores Don Enrique Santiago Petracchi y Doña Carmen M. Argibay).
Ref. Normativas :
Ley 26.855 Art.2
Ley 26.855 Art.4
Ley 26.855 Art.18
Ley 26.855 Art.30
Constitución Nacional (1994) Art.114
Ley 26.855 Art.2
Ley 26.855 Art.4
Ley 26.855 Art.18
Ley 26.855 Art.30
Constitución Nacional (1994) Art.114
Fuente : SAIJ
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Mayoría: LORENZETTI, HIGHTON, FAYT, MAQUEDA. Voto: PETRACCHI, ARGIBAY. Disidencia: ZAFFARONI)
Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) c/ Poder Ejecutivo Nacional, ley 26.855, medida cautelar (Expte. Nº 3034/13) s/ acción de amparo
SENTENCIA del 18 de Junio de 2013
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
(Mayoría: LORENZETTI, HIGHTON, FAYT, MAQUEDA. Voto: PETRACCHI, ARGIBAY. Disidencia: ZAFFARONI)
Rizzo, Jorge Gabriel (apoderado Lista 3 Gente de Derecho) c/ Poder Ejecutivo Nacional, ley 26.855, medida cautelar (Expte. Nº 3034/13) s/ acción de amparo
SENTENCIA del 18 de Junio de 2013